La subcontración en Puebla y en México.
El outsourcing es un sistema de contratación laboral también conocido como tercerización; se trata de un medio por el cual una empresa adquiere a un trabajador que puede estar contratado por otra. Creado para facilitar trabajos especializados, ha sido deformado por algunas empresas, cuyas malas prácticas llevaron a quitar derechos básicos de las y los trabajadores. Debido a su regulación, se indica que:
- Sólo se podrán subcontratar “servicios especializados”.
- Las agencias especializadas para trabajadores de este tipo, podrán ser sólo de reclutamiento, selección entrenamiento y capacitación de personal.
- Quienes ofrezcan subcontratación deberán estar autorizados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y tendrán una vigencia de tres años.
- Las empresas autorizadas por la STPS formarán un padrón coordinado por esta institución.
- Quienes contraten servicios de outsourcing, también serán responsables en caso de incumplimiento de las obligaciones de trabajo.
- Se entregará un reporte trimestral al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de sus contratos por periodo.
- Las empresas de subcontratación presentarán un informe cada cuatro meses, sobre sus trabajadores y contratos ante el Infonavit.
- Queda prohibida la deducción o acreditación fiscal de la contratación por outsourcing.
- Las empresas que utilizan este método, deberán actualizarse con estas reglas en seis meses, a partir de que se aplique la reforma.

Registro Agencias de Colocación

Decreto Oficial
